PEATONES

y personas en vehículos para movilidad reducida

  • Podrán circular por las zonas peatonales: aceras, paseos y parques, y por calles residenciales. Atravesarán las calzadas y las vías ciclistas por los pasos señalizados
  • Las personas con movilidad reducida que circulen en sillas o triciclos tendrán prioridad sobre el resto de las personas a pie
  • Las obras autorizadas que ocupen acera estarán señalizadas y facilitarán el paso de peatones sin peligro
  • Es zona peatonal la parte de la vía, elevada o delimitada de otra forma, que incluye la acera, el andén y los paseos
  • La velocidad máxima de los vehículos excepcionalmente autorizados a transitar por zona peatonal será de 10 km/h, con prioridad de paso peatonal. En zonas residenciales el límite es de 20 km/h
  • Las personas a pie pueden utilizar toda la zona de circulación de las zonas residenciales; los juegos y los deportes están autorizados en ella. No deben dificultar injustificadamente a las personas conductoras de vehículos
  • Límites peatonales:
  • No se crearán grupos que impidan el paso de otras personas
  • El acceso a autobuses será solo en las zonas delimitadas
  • No invadirán la calzada ni las vías ciclistas, ni se detendrán en ellas.
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MEJORA DE VISIBILIDAD EN PASOS PEATONALES

Se eliminarán las plazas de aparcamiento en los 5 metros previos a los pasos peatonales para mejorar su visibilidad y seguridad (Art 3.5 ).

El Ayuntamiento podrá habilitar plazas de aparcamiento para bicicletas a más de 2 metros y de movilidad personal o motocicletas a más de 3 metros.

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